domingo, 19 de agosto de 2012

¿Es el mandato de la Ley de Atención Médica realmente un impuesto? – Posner

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Traducido por José Antonio Salgado. Republicado y traducido con permiso de los autores. El artículo original se encuentra aquí: http://www.becker-posner-blog.com/2012/07/is-the-health-care-laws-mandate-really-a-taxposner-.html
Estoy de acuerdo con Becker (y con la Corte Suprema) en que el mandato en la Ley de Atención Médica –el requerimiento de las personas que pueden pagar un seguro de salud a que lo hagan, bajo la sanción de tener que pagar una penalidad en caso decidan no hacerlo– se encuentra dentro de las facultades tributarias del Congreso contempladas en el Artículo I de la Constitución de los Estados Unidos, artículo que describe la rama legislativa del gobierno federal. El Artículo I, entre otras cosas, autoriza al Congreso a: “imponer y recaudar contribuciones, impuestos y arbitrios”. El hecho de que el Congreso haya llamado al mandato de recaudación  “una penalidad”,  en lugar de “un impuesto”, no cambia absolutamente nada. Fue hecho de esa manera simplemente porque la palabra “impuesto” ha pasado a ser una mala palabra en el discurso político americano.
Es cierto que el objetivo principal de los impuestos es el de generar ingresos para el gobierno, y que el mandato en cuestión no es un impuesto de recaudación, sino un impuesto regulatorio. Pero los impuestos regulatorios –un impuesto a la emisión de sustancias contaminantes, por ejemplo– no son raros; su objetivo no es generar ingresos, sino que buscan desincentivar prácticas indeseadas, aunque de hecho recauden, puesto que hay a quienes les resulta menos oneroso pagar el impuesto antes que dejar de realizar la actividad gravada con el impuesto. Las “contribuciones, impuestos y arbitrios” a las que se refiere el Artículo I incluyen  también a los aranceles, los cuales usualmente apuntan a desincentivar las importaciones más que a generar ingresos. Es cierto que, desde un punto de vista económico, un impuesto regulatorio no es marcadamente diferente de una multa (por estacionarse de manera indebida, por ejemplo), la cual no es un impuesto en el sentido del Artículo I (si así fuese, el Congreso gozaría virtualmente de un poder regulatorio ilimitado, en lugar de que su poder se ajuste a los casos enumerados en el Artículo I). Pero hay una diferencia significativa. Las multas son impuestas a actividades que están prohibidas, y no buscando ser solo desincentivadas o reducidas. Incluso cuando la multa es baja, como es el caso de la mayoría de multas de parqueo indebido, repetidas violaciones eventualmente terminan en sanciones severas, de manera que el violador no tiene realmente una opción de pagar en lugar de cumplir. Las tarifas de servicios específicos, como sacar un pasaporte o una licencia de conducir, pueden también ser distinguidas de los impuestos regulatorios, ya que estas, a diferencia de los impuestos, son pagadas a cambio de un servicio específico que ofrece el gobierno.
Así que el mandato de recaudación, si bien es llamado una penalidad, es en realidad un impuesto regulatorio, y, por tanto, está dentro del poder regulatorio del Congreso.  Si es que se ha implementado a un ritmo que realmente logrará inducir a muchas a personas que no cuentan con un seguro de salud a comprar un seguro de salud, es una pregunta aparte, e incluso una tercera pregunta es si incrementar el número de americanos que cuentan con un seguro de salud le beneficiará a la sociedad en conjunto. La idea detrás del mandato para el cual el impuesto está implementado es que los no asegurados son free riders.  Estos tienden a ser jóvenes y, en promedio, con buena salud, y al optar por no estar entre los asegurados incrementan el costo de los seguros para aquellos que deciden quedarse entre los asegurados. Además, cuando sí se enferman,  tienden a visitar las salas de emergencia de los hospitales para que les diagnostiquen y les den un tratamiento, y las salas de emergencias tienden, a su vez, a ser bastante caras. Los hospitales les mandan recibos bastante altos a los pacientes no asegurados, pero estos usualmente no son pagados.
Si el mandato logra inducir a muchos no asegurados a comprar seguros médicos, esto debe reducir las primas pagadas por seguros de salud (ya sea directamente o en la forma de reducción de salarios, cuando es el empleador quien paga la prima) en beneficio de aquellos que cuentan con un seguro de salud. Pero esto solo sería una transferencia de riqueza de un grupo de gente a otro. Lo que resulta más importante desde un punto de vista económico es que la reducción del número de no-asegurados incrementaría el costo agregado de salud, ya que los no asegurados demandan y reciben, en promedio, menos cuidados médicos que los asegurados. El Estudio realizado por Hadley y coautores que Becker cita estima que proveyendo un seguro médico (ya sea privado, o en la forma de Medicaid o Medicare, público) a todos los que actualmente no cuentan con uno, incrementaría el gasto total en salud de los Estados Unidos en 5.1 por ciento al año, un incremento sustancial (dado el tamaño de la industria de la salud) equivalente al 0.8 por ciento del PBI. (Su Estudio fue hecho cuatro años atrás; no sé cuál será el mejor estimado al día de hoy.)
No se puede asumir que el incremento en los costos va a ser contrarrestado por una reducción en los gastos médicos atribuible a la mejor salud que las personas, gracias a que cuentan con un seguro médico, podrían tener,  dado que ya no escatimarían en diagnósticos y tratamientos. Un mejor servicio de salud incrementará la longevidad, pero eso significa más gente de la tercera edad que consume una cantidad desproporcionada de servicios médicos

Acerca del autor

Gary S. Becker y Richard A. Posner Gary S. Becker es un economista estadounidense, profesor de Economía y Sociología en la Universidad de Chicago, y ganador del Premio Nobel en Economía de 1992. Richard A. Posner es un jurista, juez y economista estadounidense, pionero del Análisis Económico del Derecho y profesor en la Universidad de Chicago.

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